La UE activó el intercambio automático de datos cripto: qué llega a Hacienda
Desde el 1 de enero de 2026 las plataformas de criptoactivos que atienden a clientes en la Unión Europea recogen datos para las autoridades fiscales. Es DAC8, la versión europea de un estándar internacional de información sobre criptoactivos. No es un impuesto nuevo, es una tubería: lo que hizo en una plataforma durante 2026 llegará a su agencia tributaria entre enero y septiembre de 2027 y de ahí al resto de los estados miembros.
Qué llega exactamente a Hacienda
Dos bloques. Quién es usted: nombre, dirección, fecha de nacimiento, número de identificación fiscal y país de residencia. Y qué hizo, agregado por año y por activo: compras y ventas contra dinero ordinario, cambios de un criptoactivo por otro, pagos minoristas por encima de cincuenta mil dólares y transferencias, incluidas las salidas a direcciones que no pertenecen a ningún proveedor regulado.
Esa última categoría es la que se subestima. Cuando retira de un exchange a su propia cartera, la retirada se informa junto con la dirección de destino, y en el informe consta si esa dirección se considera suya. Nadie ve sus claves. Sí se ve que una persona identificada envió un importe a una dirección concreta en una fecha concreta.
Quién está obligado a informar
La obligación recae en quienes custodian o mueven sus activos: exchanges, carteras con custodia, brókeres y parte de los proveedores de pagos. Una empresa de fuera de la UE que atiende a residentes tampoco se libra: debe registrarse en un estado miembro e informar igualmente. Queda fuera el software que nunca toca sus fondos, y por eso una aplicación de autocustodia no tiene nada que entregar.
Autocustodia no significa invisibilidad
La publicidad vende ahora lo contrario. Mover monedas a su propia cartera quita un informante de la cadena, no el registro: el exchange ya informó de la retirada y de la dirección, la cadena de bloques guarda esa dirección para siempre y, al reconvertir a dinero ordinario, vuelve a estar ante un proveedor regulado. Desde diciembre de 2024 una norma europea aparte añade que las transferencias de más de mil euros a una dirección autogestionada deben comprobarse para confirmar que es realmente suya, y su propia palabra no basta.
Qué cambia para un usuario normal
Nada en la cuantía del impuesto. Todo en la comprobabilidad. Hasta ahora la declaración se aceptaba casi siempre por buena mientras nada llamara la atención; desde 2027 la administración recibe del lado de la plataforma un resumen anual de su actividad y puede contrastarlo automáticamente con lo declarado, para todos los residentes a la vez. Las discrepancias dejan de ser cuestión de suerte.
De ahí dos consecuencias prácticas. Lleve sus propios registros ahora en lugar de reconstruirlos dentro de un año: las cifras de la plataforma existirán aunque las suyas no. Y espere que le pidan número fiscal y país de residencia en servicios que antes no lo hacían: es la misma directiva llegando, no un sitio que se ha vuelto curioso.
Qué queda fuera
Las operaciones entre dos personas y la actividad que nunca toca a un proveedor regulado quedan hoy fuera del alcance directo. Eso describe un perímetro, no una rendija: el perímetro pasa por donde la cripto se encuentra con el dinero ordinario, y casi todo el mundo acaba cruzándolo. La dirección se lee en el propio estándar, escrito para adoptarse mucho más allá de la UE.